Desde los profesionales que integran el GRUPO COZAR ASESORES, nuevamente estamso a tu lado en todo lo referente a tu negocio y tu vida para que como es nuestra lema duermas tranquilo que nosotros nos ocupamos de todo, por ello si compraste un coche entre 2006 y 2013 ponte en contacto con nosotros y te decimos cómo hacerlo con la asistencia de uno de nuestros abogados colaboradores especialistas a :

¿Qué es el cártel de coches?
El Tribunal Supremo está ratificando las multas que la Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) impuso en 2015 a  34 marcas de coches por haber creado un cártel en España. Fueron acusados de, mediante un acuerdo, haber intercambiado información confidencial para controlar el mercado de la distribución y venta, lo que iba en contra de la competencia y de los consumidores, ya que los fabricantes implicados suponen un 90% de la cuota del mercado del motor.
 
¿Quiénes son afectados por el cártel de coches?
Son afectados por el cártel de coches y, por tanto, pueden reclamar indemnización, todas aquellas personas o empresas que adquirieron un vehículo ya fuese por compra, leasing o renting entre los años 2006 y 2013, de cualquiera de las marcas que conforman el cártel de los coches, importante no solo afecta a particulares sino a autónomos y empresas también.
Si compraste el coche en estas fechas eres un afectado por el cártel y puedes reclamar la indemnización correspondiente, aunque lo hayas vendido posteriormente.
 
Marcas que forman el cártel de coches
Los fabricantes de coches afectados son los siguientes:
Alfa Romeo, Audi, BMW, Chevrolet, Chrysler, Citroen, Dodge, Fiat, Ford, Honda, Hyundai, Jeep, Kia, Lancia, Lexus, Mazda, Mercedes Benz, Mitsubishi, Nissan, Opel, Peugeot, Porsche, Renault, Seat, Skoda, Volkswagen, Toyota, Volvo.
¿Las indemnizaciones que puedes reclamar por el cártel de vehículos?
Aunque el sobrecoste depende del vehículo y el modelo comprado, se estima que las indemnizaciones pueden alcanzar entre un 10% y un 15% del precio del vehículo adquirido.
Proceso de reclamación por el cártel de coches y tiempo que lleva
Se reclama el sobrecoste sufrido por cada comprador, cuyo resarcimiento se reclama en demanda judicial que debe ir acompañada de un indispensable informe pericial, que cuantificará el sobrecoste sufrido y por tanto la indemnización a reclamar. Esta demanda ha de presentarse en el Juzgado de lo Mercantil.
El plazo de prescripción es de un año según lo previsto en el artículo 1.968 del Código Civil, que comenzó a contar desde la sentencia del Tribunal Supremo. Este plazo es susceptible de ser interrumpido, así que el tiempo para iniciar la reclamación es clave.
Documentación necesaria
Para iniciar la reclamación y pedir la indemnización que te corresponde has de aportar la siguiente documentación:
Contrato de adquisición del vehículo con el concesionario/distribuidora (leasing, renting, compra-venta)
Factura de adquisición del vehículo (si se compró) o justificante de pago (transferencia bancaria) o póliza suscrita con la entidad financiera en caso de leasing o contrato de renting.
Ficha técnica del vehículo o Permiso de circulación del vehículo.
Si eres una de las personas afectadas por el cártel, ponte en contacto con nosotros y nuestro colaboradores abogado especializado te ayudará a calcular y reclamar tu indemnización por el dinero pagado de más.